El tribunal da veredicto sobre la solicitud de EFCC de “interrogar” el propio testigo
El Tribunal Superior Federal de Abuja ha programado una decisión para el 26 de junio con respecto a la solicitud de la Comisión de Delitos Económicos y Financieros (EFCC) de interrogar a su propio testigo, Nicholas Ojehomon, en el caso de lavado de dinero contra el ex gobernador del estado de Kogi, Yahaya Bello.
La jueza Emeka Nwite estableció esta fecha después de escuchar los argumentos de EFCC y Bello sobre la legitimidad de la solicitud de la fiscalía de interrogar a su propio testigo después de los cuestionamientos de defensa por parte de Joseph Daudu, San.
Un desacuerdo surgió cuando Daudu se opuso firmemente al procedimiento de permitir que el EFCC interrogue al testigo después de que la defensa ya lo había hecho.
Informó al juez Nwite que el único recurso legal de la EFCC era volver a examinar al testigo, según lo ordenado por los estándares legales, en lugar de interrogarlo.
Daudu sostuvo específicamente que para que el EFCC interrogue legítimamente al testigo, primero debe declararlo hostil.
Cuando la sesión se reanudó para un mayor interrogatorio, el abogado defensor preguntó si Ojehomon había testificado previamente en otros tribunales sobre los honorarios escolares pagados por la familia Bello a la Escuela Internacional Americana en Abuja, a lo que afirmó.
Sin embargo, el testigo, que se desempeña como auditor interno en la American International School, declaró que no podía especificar los tribunales exactos involucrados.
Reconoció proporcionar testimonio en un caso relacionado con Ali Bello, pero aclaró que no había hecho declaraciones negativas con respecto al ex gobernador Yahaya Bello, al igual que se había abstenido de hacer comentarios adversos en el caso actual.
Tras la conclusión del interrogatorio de Daudu del testigo, el abogado de EFCC, Olukayode Enitan, SAN, solicitó interrogar al mismo testigo sobre el Anexo 19, que es un documento de sentencia del Tribunal Superior del Territorio de la Capital Federal.
Informó al tribunal que no estaba realizando un reexamen del testigo de la EFCC, sino más bien un interrogatorio, ya que el documento había sido admitido como evidencia de la barra durante el interrogatorio de la defensa.
“No lo estoy reexaminando, lo estoy interrogando porque trajeron este documento”, dijo.
Sin embargo, el abogado del acusado llamó la atención del tribunal al hecho de que la solicitud del abogado de la EFCC no solo era desconocida sino extraña para la ley, en línea con la Ley de Evidencia.
“Si desea interrogar a su propio testigo, primero debe declararle un testigo hostil. No puede interrogarlo en función del documento”, argumentó Daudu.
Sin embargo, Enitan agregó que tenía derecho a llamar la atención de la corte a algunos párrafos específicos en el documento.
En este punto, el juez preguntó: “¿Tiene alguna disposición de la ley para respaldar esto?
“Voy a llamar la atención de su señoría a la Sección 36 de la Constitución. Intentaron presentar este documento, objetamos y el Tribunal otorgó su oración. La audiencia justa exige que el demandante también tenga derecho a examinar esto porque la Sección 36 de la Constitución habla de audiencia imparcial”, respondió Pinheiro.
Daudu en respuesta dijo: “No estamos diciendo que no puedan volver a examinar al testigo. Eso es lo que la Sección 36 según la ley dice sobre la audiencia imparcial. Pero si se trata de interrogarlo, tendrá que mostrarnos la ley que respalda eso.
“No puede estar bajo la apariencia de una audiencia justa para querer interrogar al testigo”.
Al concluir los argumentos, el juez se negó a permitir que el abogado de la EFCC interrogue al testigo.
Según el procedimiento establecido, el testigo proporciona evidencia en jefe, seguida de un interrogatorio por parte del acusado, y luego la reexaminación por parte de la fiscalía.
“Con el debido respeto, sugiero que si está tan decidido a proceder de esta manera, sería más apropiado para usted dirigirse directamente sobre este asunto, y tomaré una decisión”, comentó.
Después de considerar los argumentos a favor y en contra de la solicitud, el juez Nwite programó el 26, 27 y 5 de julio de junio para un fallo y la continuación del juicio.
El testigo de la EFCC declaró el jueves que no había habido una transferencia de tarifas por cableado del gobierno del estado de Kogi o cualquier gobierno local en el estado a la cuenta de la Escuela Internacional Americana, Abuja.
También hizo referencia a una parte de una sentencia previa del Tribunal Superior del Territorio de la Capital Federal, que indicaba que no había ninguna orden judicial que requiera que la escuela devuelva las tarifas a la EFCC o cualquier fallo que clasificara los fondos como producto del lavado de dinero.