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Karnataka HC emite una orden de suspensión provisional que prohíbe los eventos RSS en edificios gubernamentales

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El tribunal de Dharwad del Tribunal Superior de Karnataka (HC) emitió el martes una suspensión provisional de la orden del estado, que había declarado ilegales las reuniones del Rashtriya Swayamsevak Sangh (RSS) en instalaciones gubernamentales con más de 10 personas sin permiso previo, informó la agencia de noticias ANI.

Un tribunal unipersonal del juez M Nagaprasanna escuchó la petición presentada por el Punashthen Seva Sanstha de Hubballi. El principal defensor Ashok Haranahalli, que representa al peticionario, argumentó que la orden del gobierno que exige permiso para reuniones de más de 10 personas era una violación de los derechos fundamentales garantizados por la Constitución.

“El gobierno ha ordenado que se obtenga permiso para reuniones de más de 10 personas. Esto es una restricción al derecho fundamental previsto en la Constitución. Incluso si una fiesta se celebra en un parque, es una reunión ilegal según la orden del gobierno”, argumentó Haranahalli durante la audiencia.

“El gobierno no puede emitir una orden administrativa de este tipo. ¿Por qué se necesita esta norma cuando la Ley de Policía ya está en vigor?” Haranahalli cuestionó más.

El tribunal de Karnataka HC, mientras escuchaba el caso, preguntó: “¿Quería el gobierno lograr algo más?”

El gobierno estatal solicitó un día para presentar sus argumentos al respecto, informó la ANI.

“Debería darse un día para discutir”, afirmaron los abogados del gobierno.

Después de escuchar a ambas partes, el tribunal emitió un aviso al gobierno de Karnataka, al departamento del interior, al director general de la policía (DGP) y al comisionado de policía de Hubballi, solicitando sus respuestas.

En su orden, el tribunal observó que la acción del Gobierno de Karnataka había infringido los derechos otorgados en virtud de los artículos 19(1)(a) y 19(1)(b) de la Constitución de la India, que garantizan la libertad de expresión y el derecho de reunión pacífica.

La orden emitida por el HC decía: “Aviso al Gobierno del Estado, Departamento del Interior, Director General de Policía, Comisionado de Policía de Hubballi. La orden del Gobierno del Estado de fecha 18 de octubre de 2025 ha sido impugnada. La orden del gobierno establece que es un delito si 10 personas se reúnen sin permiso”.

“La entrada a carreteras, parques, terrenos, lagos, etc. ha sido restringida. El gobierno ha ejercido el poder bajo la Ley de Policía mediante la orden”, añadió el tribunal.

En su declaración final, el tribunal dijo: “El gobierno ha quitado los derechos otorgados en virtud del artículo 19(1)(a) y (b) de la Constitución. El derecho otorgado por la Constitución no puede ser quitado por una orden del gobierno. Por lo tanto, el tribunal ordenó que la orden del gobierno haya sido suspendida. Se aplazó la audiencia”.

(Con entradas ANI)

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