El gobierno nacional abrió el miércoles 11 de junio, la segunda llamada a la importación sin tarifas eléctricas e híbridos con el propósito de completar la cuota de 50,000 unidades planificadas para este año, a través de la resolución 210/2025 publicada hoy en la Gaceta Oficial.
La totalidad de las unidades que se asignarán, sin gravar el 35% de Mercosur adicional, para esta segunda etapa se estableció en 21,368, con una parte superior del valor de FOB (el costo del vehículo al momento de enviar) de US $ 16,000 por unidad.
ARCA reguló el procedimiento para importar sin automóviles eléctricos y tarifas híbridas
La distribución de unidades se divide en 15.715 para terminales con producción en el país y 6.023 para importadores. En este sentido, se estipuló que si hay menos demanda en una de las dos categorías, las reasignará al otro hasta que se complete el total.
Del ejecutivo, detallaron que “los resultados de la licitación se conocerán el 4 de julio” y estimaron que “para octubre los primeros 10 mil autos habrán ingresado”, aclarando que “asignar a los vehículos el precio de venta más bajo se priorizará al público”.
En este sentido, las regulaciones determinaron que “en el caso de la igualdad de precios, se asignará verificando el mes estimado de registro o formalización de la mercancía correspondiente a la posible fecha de nacionalización más cercana que se ha declarado”.
El Ministerio de Industria y Comercio del Ministerio de Economía fundó el lanzamiento de la segunda licitación que mantiene que “la medida busca expandir la oferta del segmento, impulsar el mercado y llevar nuevas tecnologías a los usuarios argentinos”.
El resultado final de la primera licitación arroja un total de 28,262 vehículos asignados. De los cuales 9.285 corresponden a terminales en el país y 18,977 a importadores. Con la nueva llamada, se buscará asignar el remanente de la cuota que no se usa para alcanzar el límite anual máximo de 50,000 unidades.
En este contexto, el texto oficial ordenó que “toda esa cuota, correspondiente a la primera llamada, que se liberará a todas las unidades previstas en esta medida y se puede asignar los criterios y la proporcionalidad proporcionada”.
Además, señaló que “si la cuota o parte asignada se supere, se puede reasignar a otra en esta misma llamada,” y agregó que las cuotas liberadas se reasignarán a los solicitantes que, habiendo cumplido con los requisitos “no habrían asignado cuotas o habrá recibido una más baja que la solicitada”.
Las solicitudes deben enviarse a través de la plataforma “Procedimientos de distancia” (TAD) en la sección específica generada para este propósito, y el formulario disponible allí y el formulario de solicitud de importación. Las presentaciones se pueden hacer dentro de los 10 días hábiles desde la publicación de la llamada.
En este sentido, se aclaró que “solo las solicitudes presentadas por la plataforma electrónica mencionada se admitirán, por lo que las presentaciones realizadas en soporte físico o por correo postal no se considerarán válidas, así como aquellas que se formalizan por correo electrónico o por cualquier otro medio o procedimiento que sean diferentes de los planeados allí”.