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Villa Allende prohibió a los “Naranjitas”: ¿qué dice la ordenanza aprobada en el Consejo deliberativo?

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El Consejo deliberativo de Villa Allende aprobó una ordenanza que prohíbe la actividad de “Naranjitas” en el Ejido de la ciudad de Sierras Chicas.

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Sin “naranjitas”

El artículo 1 de las regulaciones establece la prohibición del “ejercicio de actividades de cuidado de vehículos, servicio de limpieza de vidrio de vehículos, servicio de lavado de vehículos u otras actividades de características similares desarrolladas en carreteras públicas, ya sea de forma gratuita o libre”.

La ordenanza número 27/25 define como “actividad prohibida” “todo el comportamiento a través del cual una persona, sin autorización municipal, se ofrece a cuidar, monitorear, limpiar, lavar vehículos o motocicletas, reservar espacios de estacionamiento o realizar tareas similares en las carreteras públicas, solicitar o no una compensación económica para ello”.

Por lo tanto, según el Artículo 3, las fuerzas de seguridad provinciales pueden colaborar en la prevención, la disuasión y el abandono inmediato de los comportamientos tipificados aquí “.

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Recitales

La ordenanza se basa en “la necesidad de regular el uso del espacio público y garantizar la seguridad, el orden y la libre circulación de vecinos y visitantes en la ciudad de Villa Allende”.

Los recitales establecen que la actividad de la “naranja” ha generado números y reclamos repetidos de vecinos que, en muchos casos, estas actividades incluyen requisitos de dinero, mediación de la coerción, amenazas, expresas o implícitas, lo que es inadmisible en un estado de derecho “

También se argumenta que “es esencial prevenir y desalentar todas las formas de apropiación irregular e indebida del espacio público, garantizando el uso pacífico de la misma, evitando todas las formas de presión, coerción o perturbación a los derechos de los vecinos o visitantes de la ciudad”.

Multas

“El incumplimiento de las disposiciones se sancionará con una multa de cincuenta (50) a doscientas (200) unidades fijas (UF), de acuerdo con la gravedad de la infracción, la reincidencia y las disposiciones de la ordenanza fiscal actual”, dice el artículo 4 de la ordenanza.

Autorización excepcional

El artículo 6 establece que “aquellos que tienen autorización municipal expresa” solo pueden ser colaboradas en las áreas de estacionamiento. “

De abril

The Ordinance was sanctioned with the affirmative votes of the councilors María Teresa Riu Cazaux de Vélez (Pro), María Soledad Vázquez (Pro), María Alejandra Rodríguez (Pro), Máximo Mansilla Yofre (Pro), María Eugenia Agostini (Pro), Carlos Arias (Pro), Martín Miguel Gómez Hamity (nos unimos a Villa Allende) (voto negativo particular del Artículo 6).

El proyecto fue rechazado por el alcalde Marta Liliana Benegas y Julio Loza, de Chosí Villa Allende.

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