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El liderazgo de la organización defensora está prohibido de los funcionarios estatales concurrentes

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Miércoles 30 de julio de 2025 – 17:05 WIB

JAKARTA, Viva – El Tribunal Constitucional (MK) decidió que el liderazgo de la organización defensora no podía simultáneamente como funcionario estatal, incluido el ministro y/o el viceministro.

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El Tribunal Constitucional (MK) otorgó la solicitud de abogado Andri Darmawan, quien probó las normas del Artículo 28 Párrafo (3) de la ley número 18 de 2003 con respecto a los defensores.

“Dada la solicitud del solicitante por parte”, dijo el presidente del Tribunal Supremo Suhartoyo, dijo el veredicto número 183/PUU-XXII/2024 en la sala de la corte de MK Plenary, Yakarta, miércoles 30 de julio de 2025.

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El Tribunal de la Decisión anterior ha interpretado el artículo 28 del párrafo (3) de la Ley del Abogado en la decisión anterior, a saber, la decisión número 91/PUU-XX/2022.

En ese momento, el Tribunal Constitucional interpretó el artículo para convertirse en “el líder de la organización defensora que ocupa un mandato durante 5 años y solo puede ser reelegido una vez en la misma posición, tanto sucesivamente como consecutiva, y no puede mantenerse con el liderazgo de los partidos políticos, tanto a nivel central como regional”.

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A través de la decisión anterior, el Tribunal Constitucional declaró que el plazo del cargo de liderazgo de la organización de defensa era de cinco años y solo podía ser elegido una vez un máximo de una vez y no pudo ser al mismo tiempo como líder de un partido político.

Sin embargo, no ha habido prohibición del liderazgo de la organización defensora y simultáneamente como funcionarios estatales. Por lo tanto, Andri presentó una solicitud para volver a probar la constitucionalidad de las normas Artículo 28 Párrafo (3) de la Ley de Abogados.

En consideraciones legales, el juez constitucional Arsul Sani explicó como agentes de la ley, los defensores tienen una posición equivalente con otros agentes de la ley.

El tribunal evaluó que las restricciones sobre la posición de liderazgo de las organizaciones de defensa deben estar claramente reguladas en las normas de la ley, como otros agentes de la ley para evitar el abuso de autoridad.

Según el Tribunal Constitucional, las restricciones claras sobre la posición de liderazgo de las organizaciones defensoras con puestos estatales son una forma de proporcionar una garantía de certeza y igualdad legales para todos antes de la ley.

Además, Andri a pedido ejemplificó el liderazgo de la organización defensora que simultáneamente como viceministro coordinador. Con respecto a este argumento, el tribunal citó la consideración legal del número de decisión 80/PUU-XVII/2019.

En el caso, el MK ha enfatizado que el estado del departamento de viceministro adjunto es igual al estado otorgado al Ministro. Como resultado, toda la prohibición del Departamento de Ministros también se produjo al Viceministro.

Además, el Tribunal también destacó el párrafo del Artículo 20 (3) de la Ley de Abogados que regula que los defensores que son funcionarios estatales no llevan a cabo los deberes profesionales de abogados durante el puesto de posición.

“Por lo tanto, el defensor designado/designado por el presidente para convertirse en ministro o viceministro, el defensor en cuestión no lleva a cabo sus deberes ni se deja como defensor”, dijo Arsul.

Por lo tanto, el tribunal a través de esta decisión dictaminó que el liderazgo de la organización Advokat se convirtió en un estatus no activo cuando se nombró como oficina nacional.

En el veredicto, el Tribunal Constitucional declaró que el Párrafo 28 (3) de la Ley del Abogado, según lo interpretado en el número de decisión del Tribunal Constitucional 91/PUU-XX/2022, era contrario a la Constitución y no tenía una fuerza legal condicional siempre que no se interpretara:

“El liderazgo de la organización defensora ocupa un plazo de cargo durante 5 años y solo puede ser reelegido una vez en el mismo puesto, tanto sucesivamente como consecutivo, y no puede mantenerse con el liderazgo de los partidos políticos, tanto a nivel central como a nivel regional y no activo como líderes de la organización defensora si se designan/nombran como funcionarios estatales”. (ENTRE)

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En consideraciones legales, el juez constitucional Arsul Sani explicó como agentes de la ley, los defensores tienen una posición equivalente con otros agentes de la ley.

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