Tribunal Ordenes Meta, WhatsApp para pagar a FCCPC $ 220 millones multa, $ 35,000 en 60 días por prácticas discriminatorias
El Tribunal de Competencia y Protección al Consumidor de Nigeria ordenó el viernes WhatsApp y Meta Platforms incorporadas para pagar una multa de $ 220 millones y $ 35,000 a la Comisión Federal de Competencia y Protección al Consumidor (FCCPC) dentro de los 60 días por las prácticas de discriminación de datos en Nigeria.
El Tribunal confirmó la multa de $ 220 millones impuesta por la Comisión Federal de Competencia y Protección al Consumidor (FCCPC) en WhatsApp y Meta Platforms Incorporated, así como $ 35,000 como reembolso de la investigación de la Comisión contra el Gigante de las Redes Sociales.
El Tribunal también desestimó la apelación de WhatsApp y Meta Platforms incorporadas con respecto a la multa de $ 220 millones impuesta por la FCCPC por presuntas prácticas discriminatorias en Nigeria.
El panel de tres miembros del Tribunal, dirigido por Thomas Okosun, aprobó el veredicto el viernes.
El equipo legal de WhatsApp y Meta, dirigido por el profesor Golahan Elias (SAN), y el equipo legal de la FCCPC, representado por Babatunde Irukera (SAN), un ex vicepresidente ejecutivo de la Comisión, hizo sus argumentos finales en nombre de sus respectivos clientes el 28 de enero de 2025.
Nairametrics informó anteriormente que WhatsApp y Meta Platforms Incorporated habían apelado al Tribunal, argumentando que las multa de $ 220 millones de la FCCPC deberían ser revocadas, citando 22 razones, incluidas supuestas directivas vagas, órdenes injustificables de intercambio de datos y errores de procedimiento.
Los recurrentes afirmaron que las demandas de la FCCPC eran vagas, técnicamente imposibles de implementar dentro del plazo estipulado y no respaldadas por la ley nigeriana.
La multa impuesta por la FCCPC siguió una investigación sobre presuntas violaciones de la protección de datos y los derechos del consumidor por parte de Meta y WhatsApp.
La Comisión expresó su preocupación sobre las prácticas supuestamente abusivas e invasivas de Meta que afectan a los sujetos de datos y a los consumidores en Nigeria.
¿Qué dicen los documentos legales de WhatsApp y FCCPC?
En su apelación, los recurrentes argumentaron que la FCCPC les negó una audiencia justa al imponer una penalización considerable sin darles la oportunidad de comprender cómo se calcularía la sanción o para responder al cálculo de la cantidad propuesta.
Los recurrentes sostuvieron que, al contrario de la orden de cumplimiento de la FCCPC, identificar y construir un mecanismo de consentimiento para cada punto de datos procesado por los usuarios nigerianos sería imposible y extremadamente costoso. Sin embargo, el FCCPC mantuvo en su argumento de que la multa de $ 220 millones se basó en su resolución para que la compañía sea la meta de la compañía, en lugar de que se detuviera, en lugar de que se detuviera, en lugar de que se detuviera, en lugar de que se detuviera la comisión. en prácticas de explotación que violaron las garantías constitucionales al permitir el acceso no autorizado y el mal uso de la información privada.
Elias había instado al Tribunal a no confiar en las leyes extranjeras que no son aplicables en Nigeria, manteniendo que no hay abuso de dominio ya que los usuarios pueden elegir entre otros proveedores como Tiktok y Google Meet.
En respuesta, Irukera instó al Tribunal a defender las órdenes de la Comisión y desestimar la apelación en su totalidad. Contrarrestó las afirmaciones de los recurrentes sobre precedentes extranjeros, afirmando que si bien la ley extranjera no es vinculante, es persuasivo en contextos similares.
La FCCPC también buscó el permiso del Tribunal para transferir el “registro completo de la Comisión dentro de su custodia” al panel para apoyar una adjudicación justa y transparente de la disputa.
Lo que dijo el tribunal
Al aprobar su veredicto el viernes, el Tribunal declaró que la dependencia de las decisiones extranjeras de la FCCPC es apropiada y persuasiva en la ley.
El Tribunal bloqueó parcialmente todo el registro de la FCCPC, que buscó presentar una licitación, al tiempo que permitió su memorando interno, correo electrónico de UDO UDoma Law Firm y un memorando interno fechado el 7 de mayo de 2024, como registros complementarios de apelación. El Tribunal sostuvo que los pedidos finales y complementarios del FCCPC se ejecutaron válidos en línea con la Ley de la FCCCP y el Tribunal. WhatsApp y Meta no proporcionaron ninguna evidencia sustancial para disputar los hallazgos de la FCCPC. En cuanto a las acusaciones de audiencia justa de WhatsApp, Okosun declaró que el problema se resolvió a favor de la FCCPC porque la Comisión había otorgado una audiencia justa a los gigantes de las redes sociales.
“Los recurrentes se les dio una gran oportunidad de ser escuchados”, dijo Okosun.
“El Tribunal encuentra que el FCCPC no excedió sus poderes al tiempo que hacía órdenes con respecto a la protección de datos”, dijo el Tribunal, y agregó que la FCCPC actuó dentro de su mandato legal para abordar el dominio del mercado.
El Tribunal descubrió que Meta y WhatsApp estaban equivocados al transferir los datos de los consumidores a un tercero, lo que contravenía las leyes de protección de datos de Nigeria. El Tribunal estuvo de acuerdo con el FCCPC que la política de privacidad de WhatsApp y Meta violaron las leyes nigerianas.
“El Tribunal no encuentra ningún error en los órdenes generales de la FCCPC”, sostuvo el Tribunal.
“En consecuencia, las sanciones administrativas de la FCCPC se imponieron legalmente a Meta y WhatsApp”, sostuvo el Tribunal.
El Tribunal dictaminó que la apelación de los recurrentes contra la FCCPC falló y fue desestimada.
El tribunal posteriormente hizo las siguientes órdenes:
Las meta partes restablecerán inmediatamente el derecho de los usuarios nigerianos a determinar cómo se comparten sus datos. Las partes meta deben presentar una carta de cumplimiento a este efecto antes del 1 de julio de 2025. Las partes de metas deben asegurarse de que actualicen su aplicación para permitir que los nigerianos expresen completamente su derecho legítimo de relacionarlo con cada punto de datos. Las partes de Meta deben ser de inmediato, dentro de los 10 días, proporcionar su política propuesta a la FCCPC y NDPCC, y las partes de inmediato, y las partes de inmediato, deben ser publicadas de inmediato, lo que debe publicar de inmediato, lo mismo, lo mismo, lo que debe hacer que las mismas políticas se deben publicar de inmediato. el proceso de compartir la información de los usuarios nigerianos con Facebook y otros terceros. El Tribunal ordenó a Meta que revertira inmediatamente a su política de intercambio de datos de 2016. Las partes de metas deben dejar de vincular los datos de WhatsApp a Facebook y otros terceros sin buscar y obtener el consentimiento de los usuarios nigerianos y deben proporcionar evidencia de cumplimiento. Meta debe volver a implementar el FCCPC $ 35,000 por su inversión. A más tardar 60 días a partir del miércoles 30 de abril de 2025.
Lo que debes saber
Después de las órdenes de la FCCPC, WhatsApp declaró: “En 2021, informamos globalmente a los usuarios sobre cómo hablaría hablar con las empresas. Si bien hubo confusión inicial, ha demostrado ser bastante popular”.
Las multas similares no son infrecuentes. La Junta Europea de Protección de Datos había multado con meta un récord de 1.200 millones de euros por incumplimiento de las regulaciones de privacidad de la UE.
En los últimos cinco años, grandes compañías tecnológicas como Amazon, Meta y Google han enfrentado multas significativas bajo la Regulación General de Protección de Datos (GDPR) de la Unión Europea.
La legalidad de las sanciones de la FCCPC contra Meta Platforms Incorporated es ahora un asunto que el Tribunal decida.