Los representantes proponen B.Sc. Grado como calificación mínima para la presidencia de LG
La Cámara de Representantes ha aprobado para una segunda lectura de un proyecto de ley que propone que se haga una calificación de primer grado el requisito mínimo para los candidatos que buscan el cargo de Presidente del Gobierno Local, entre otras disposiciones.
El proyecto de ley, presentado por el vicepresidente Benjamin Kalu y copatrocinado por otros ocho legisladores, fue uno de los 42 proyectos de ley presentados para la segunda lectura durante la sesión plenaria del miércoles.
Según el memorando explicativo del proyecto de ley, la legislación propuesta busca enmendar la Constitución para proporcionar una revisión integral de la estructura legal y administrativa que rige a los consejos del gobierno local.
El objetivo principal del proyecto de ley es establecer un marco legal más fuerte destinado a mejorar la capacidad operativa de los gobiernos locales. El proyecto de ley está diseñado para promover la prestación eficiente de servicios, transparencia, responsabilidad y reforzar los valores democráticos a nivel de base.
Un borrador del proyecto de ley obtenido por nuestro corresponsal revela que se está modificando la Sección 7 de la Ley principal. La Sección 7 revisada describe que: “Cada gobierno local tendrá un presidente y vicepresidente elegido democráticamente, que será elegible para las elecciones si son un indígena del gobierno local, tienen al menos 25 años y han alcanzado al menos un primer grado o su equivalente”.
Además, el proyecto de ley estipula que una persona elegida como presidente no debe asumir un cargo hasta que haya declarado sus activos y pasivos según lo exige la Constitución y juró un juramento de lealtad y juramento de cargo ante el juez principal del estado o un representante designado.
Además, la Sección 7 (1b) especifica que “una elección para la oficina del Presidente será programada por el organismo electoral responsable, que ocurre no menos de 150 días y no más de 30 días antes del vencimiento del término del titular anterior”.
El proyecto de ley también aclara el proceso electoral: “Un candidato será considerado debidamente elegido si son el único nominado presentado para la elección. Si hay múltiples candidatos, la persona con la mayoría de los votos válidos será elegida”.
El mandato del presidente, vicepresidente y miembros del consejo se establece en cuatro años, con elegibilidad para un período adicional de cuatro años, como se describe en la sección 7C del proyecto de ley.
La sección 7d del proyecto de ley también aborda la eliminación de un presidente o vicepresidente de la oficina. Establece que si al menos un tercio de los miembros del Consejo Legislativo del Gobierno Local presentan un aviso por escrito que acusa al titular de la mala conducta bruta, se iniciará una investigación.