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El tribunal rechaza la solicitud de viaje de Yahaya Bello

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El Tribunal Superior Federal, Abuja, ha rechazado una solicitud del antiguo gobernador inmediato del estado de Kogi, Alhaji Yahaya Bello, que busca la liberación de su pasaporte internacional para permitirle viajar al extranjero para su atención médica.

El juez, juez Emeka Nwite, sostuvo en un fallo pronunciado el lunes que su solicitud de Yahaya Bello no fue firmado por su fabricante.

Bello está en juicio sobre presunto lavado de dinero presentado contra él por la Comisión de Delitos Económicos y Financieros (EFCC).

Sin embargo, el juez Nwite dijo que, al contrario de la presentación del equipo de fiscalía, la solicitud no fue un abuso del proceso judicial.

El juez dijo que el abogado del acusado, Joseph Daudu, SAN argumentó que el solicitante era un paciente hipertensivo conocido durante unos 15 años.

También se dijo que el abogado principal había presentado los Anexos A y B, que constituían un informe de expertos sobre el estado de salud del solicitante, diciendo que se habían colocado suficientes materiales ante el tribunal para ejercer su discreción a favor del solicitante.

El juez también recordó que el equipo de fiscalía argumentó que la solicitud era un abuso del proceso judicial.

El enjuiciamiento, al instar al tribunal a desestimar la solicitud, señaló que los relieves buscados eran similares y que la moción era técnicamente incompetente ya que las garantías al acusado no estaban informadas.

Sobre el tema de la garantía, el tribunal sostuvo que el asunto antes era Yahaya Bello v. Frn, y no frente a las garantías.

El juez se alineó aún más con el argumento del abogado al acusado y dictaminó que, la garantía no debe incluirse en la solicitud.

Él dijo: “El abogado del demandante no citó ninguna sección de la ley que diga que las garantías deberían recibir un aviso o hacer una parte en la moción de aviso. El abogado no citó ninguna ley, ya sea local o internacionalmente, para respaldar su argumento.

“Sobre el abuso del proceso de la corte, es el argumento del demandante que la solicitud instantánea es incompetente y equivale al abuso del proceso judicial.

“No es en disputa que el solicitante esté en juicio ante este Tribunal y el Tribunal Superior de FCT y no se disputa que el solicitante recibió una fianza en este Tribunal el 13 de diciembre de 2024 y en el Tribunal Superior de FCT el 19 de diciembre de 2024.

“El Tribunal Superior de FCT, en su fallo, dijo que el solicitante debe buscar la licencia del Tribunal. Por lo tanto, esta solicitud instantánea no equivale a abuso del proceso judicial.

“También es el hecho de que este Tribunal y el Tribunal Superior de FCT son tribunales de juruidicción coordinada”, agregó el juez Nwite.

Sin embargo, el tribunal sostuvo que el Anexo B, que era el informe médico proporcionado por un médico, no estaba firmado por su fabricante y, como tal, carecía de ninguna eficacia legal.

El tribunal enfatizó que un documento sin firmar no tiene peso en la ley y se considera inútil. “En otras palabras, el Anexo B está desprovisto de valor probatorio y no puede confiar en el Tribunal”, el tribunal sostuvo y agregó que el acusado no ha puesto material suficiente ante este tribunal para que su pasaporte sea liberado para que él viaje.

“En consecuencia, esta solicitud se rechazó”, sostuvo el juez Nwite y, posteriormente, aplazó el asunto hasta el 7 y 10 de octubre y el 10 y el 10 de noviembre de 2025, para la continuación del juicio.

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