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Villa María: Justice determinó que un padre debe continuar pagando la participación de la comida a su hijo universitario hasta 25 años

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Un fracaso reciente de la Cámara Civil, Comercial, Familiar y Administrativa de Villa María reafirmó un criterio ya contemplado en la legislación: la obligación alimentaria de los padres puede extenderse más allá de los 21 años en que el niño continúa estudiando y no puede mantenerse por sus propios medios.

El caso fue promovido por un padre que solicitó judicialmente el cese del pago de la cuota de alimentos, argumentando que sus ancianos ya tenían posibilidades de autoevaluación. Sin embargo, el tribunal, compuesto por las vocales Augusto Gabriel Cammisa y Alberto Ramiro Domenech, rechazó la declaración y confirmó la obligación.

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La decisión se basó en el principio de solidaridad familiar y en la primacía de la realidad, acreditado de que el joven está registrado como un estudiante regular de la carrera de diseño y producción audiovisual en la Universidad Nacional de Villa María, con una carga por hora de 21 horas por semana. También se valoró que pagó exámenes en 2023 y 2024, lo que ratificó su dedicación académica.

Los jueces enfatizaron las disposiciones del Artículo 663 del Código Civil y Comercial de la Nación, que contempla una excepción a la finalización automática del servicio alimentario cuando los niños continúan entrenando profesionalmente.

Además, enfatizaron que la demora en la carrera no se constituye a sí misma una no competencia: “No es una situación extraña en la vida universitaria y puede estar vinculada a múltiples causas”.

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Un precedente que aclara las obligaciones

El pronunciamiento judicial refuerza el alcance de la protección legal de los jóvenes estudiantes, siempre que demuestren cumplir con sus obligaciones académicas y que dependen económicamente de sus padres. El mensaje del Tribunal se centra nuevamente en que la cuota de alimentos no se interrumpe automáticamente al alcanzar la mayoría de edad, sino que se puede extender si se verifican las condiciones proporcionadas por la ley.

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