La décima cámara del crimen rechazó las solicitudes de cesación de la prisión o, por defecto de que, del arresto domiciliario, presentado por la defensa de uno de los líderes de una moneda, Alejandro Taylor.
La decisión unánime de las vocales Juan Jose Rojas Moresi, Alfredo Villegas y Carlos Palacio Laje, fumned el 18 de agosto, implica que Taylor continuará privado de su libertad en el marco de la causa de las repetidas estafas con la supuesta criptomoneda.
¿Cuál es la investigación judicial para la supuesta criptomoneda de una moneda?
¿Qué preguntó la defensa?
Los abogados de Eduardo Alejandro Taylor, Juan Pablo Ocame y Felipe Revol Medrano, solicitaron el cese de la detención preventiva de su acusado, argumentando que los dos procedimientos penales en su contra por asociación ilegal y por estafas repetidas deben considerarse como una causa única.
Según sus criterios, al agregar el tiempo de detención en ambos archivos, Taylor tuvo un total de cuatro años y seis meses privado de su libertad, que excedió el período máximo de tres años establecido por el Código de Procedimiento Penal de Córdoba.
La defensa también argumentó que la fragmentación del caso en investigaciones separadas violó el principio de singularidad de la imputación penal y la garantía constitucional que no es BIS en idem, que se juzgará dos veces por el mismo delito.
Además, consideraron que la detención preventiva debería ser proporcional a la penalización eventual y que, dadas las circunstancias, Taylor ya podría acceder al beneficio de la libertad condicional.
Subsidiaria, los abogados pidieron que a Taylor se le otorgue el beneficio de la prisión doméstica con el tobillo electrónico.
Cada uno de los argumentos fue rechazado en su opinión por el fiscal del caso, Enrique Gavier.
La explicación Alejandro Taylor le dio al perfil córdoba
Sucesión de decisiones de los tribunales
Alejandro Taylor fue acusado como co -autor de la Asociación Ilícita como organizador. Fue detenido el 23 de diciembre de 2020. La detención preventiva se ordenó el 30 de marzo de 2021 y se extendió extraordinariamente dos veces por el Tribunal Superior de Justicia.
Después de tres años, en diciembre de 2023, la Cámara 10 del delito ordenó el cese de su detención preventiva por haber cumplido el período máximo.
Sin embargo, en noviembre, un mes antes de esa resolución, el fiscal de crímenes complejos, Enrique Gavier, lo acusó como co -autor de 20 actos de estafas.
Cuando fue liberado, impuso la obligación de presentar un bono real por US $ 250,000. Como no lo logró, el 2 de enero de 2024 fue detenido nuevamente y permanece en esa condición.
Para las estafas, el fiscal emitió la detención preventiva de Taylor en mayo de 2024.
Una vez que se completa la instrucción, los dos archivos están actualmente en la cámara para llevar a cabo la prueba. El tribunal ordenó acumularlos.
Argumentos de la cámara
La Cámara explicó que, de acuerdo con la doctrina del Tribunal Superior de Justicia, los términos de detención preventiva deben calcularse de forma autónoma incluso en los casos en que se acumulan procesos por conexión.
Para la presunta asociación ilegal, cumplió casi tres años en detención preventiva. Sin embargo, en el proceso actual de estafas repetidas, ha sido detenido durante un año y siete meses (a partir del 18 de agosto de 2025), un término que no ha derrotado según la ley.
En su voto, el miembro Carlos Palacio Laje enfatizó que los plazos de las prisiones preventivas en diferentes procesos no deben agregarse, incluso si luego se acumulan para el juicio.
Pero además, los jueces consideraron que el peligro procesal persiste. Taylor tiene residencia en Brasil, tiene activos millonarios, tiene contactos que podrían facilitar la evasión de la justicia. Y también desestimó la posibilidad de otorgar prisión en el hogar por la falta de razones “excepcionales humanitarias”, como problemas de salud, niños mayores o ancianos.