Transparencia fiscal: lo que cambia desde el 1 de abril en boletos y facturas de compras

Todas las facturas emitidas por vendedores de bienes y servicios deben detallar en el monto correspondiente al IVA contenido a partir de mañana, 1 de abril, según una resolución de la Agencia de Recolección y Control de Aduanas (ARCA).
El régimen de transparencia fiscal comenzó a aplicarse en enero de 2024: en una primera etapa, la medida obligó a las grandes empresas a discriminar en sus facturas IVA y otros impuestos nacionales indirectos que afectan los precios pagados por los consumidores finales.
La medida no llega a los monotritistas que continuarán facturando de la misma manera.
El incumplimiento de estas obligaciones estará sujeto a la sanción de Clausura de 2 a 6 días del establecimiento, según lo dispuesto por la Ley de Procedimientos Fiscales.
Cada boleto o factura debe llevar la leyenda “Régimen de transparencia fiscal a la Ley del Consumidor 27.743”.
En cada factura, los consumidores deben poder observar en una sección específica el monto del IVA incluido en el precio final y, si corresponde, otros impuestos nacionales indirectos (solo internos).
5 preguntas frecuentes sobre el régimen de transparencia fiscal
1) ¿Cuál es el objetivo del régimen de transparencia fiscal?
A través de la resolución general 5614/24, se busca reafirmar el compromiso del gobierno nacional con la transparencia fiscal, lo que permite a los consumidores conocer el impacto de los impuestos en las operaciones y que pueden tener información para tomar sus decisiones comerciales con total libertad.
2 ¿A quién gobierna la obligación?
A partir del 1 de abril, todas las facturas emitidas por vendedores de bienes y servicios deben corresponder al contenido del IVA. Detallando en la cantidad que el régimen de transparencia fiscal comenzó a aplicarse en enero de 2024: en una primera etapa, la medida obligó a las grandes empresas a discriminar sus facturas IVA y otros impuestos nacionales indirectos que afectan los precios pagados por los consumidores finales.
Sin embargo, es importante aclarar que aquellos que emitieron cupones a través de la facturación electrónica con sistemas de organismo como facturación móvil o cupones en línea, ya tenían la posibilidad de discriminar el IVA en sus boletos de compra.
3) ¿Están los monotributistas obligados a cumplir con esta nueva obligación?
No, la medida no incluye contribuyentes registrados en el régimen simplificado.
4) ¿Qué tipo de sanción se aplicará a aquellos que no cumplen con la obligación?
El incumplimiento de estas obligaciones estará sujeto a la sanción de Clausura de 2 a 6 días del establecimiento, según lo dispuesto por la Ley de Procedimientos Fiscales. De su implementación,
5) ¿Cómo se debe visualizar en la factura o la factura de compra?
Cada boleto o factura llevará la leyenda “Régimen de transparencia fiscal a la Ley del Consumidor 27.743”. Los consumidores podrán observar en sus facturas una sección específica detallada por el monto del IVA incluido en el precio final y, si corresponde, otros impuestos nacionales indirectos (solo internos)
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