En el contexto del juicio por la expropiación de YPF, Argentina le había pedido a la jueza Loretta Pruk, jefa del Tribunal del Segundo Circuito de Nueva York, que reconsiderara su decisión de obligar a nuestro país a compilar los mensajes y comunicaciones encontradas en los dispositivos móviles de dos ministros de economía. Ahora se conocía la respuesta del magistrado, quien rechazó la solicitud y ratificó su falla inicial.
El enfoque de Argentina buscó abandonar la decisión el 29 de julio, cuando Pressa permitió a los demandantes acceder al contenido de los dispositivos electrónicos de los últimos dos ministros de la economía, Luis Caputo y Sergio Massa.
Es un conjunto de datos que incluye correos electrónicos y mensajes oficiales y privados de aplicaciones como WhatsApp. Este proceso se desarrolla en el marco de un procedimiento llamado “descubrimiento” del alter ego, destinado a dejar en claro que el estado argentino y la compañía petrolera se movieron como la misma entidad.
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Post de Sebastian Maril en X hablando sobre el fallo del juez Pruka
“La jueza Loretta Perioya rechazó la solicitud de Argentina de reconsiderar el fallo que obliga al gobierno a entregar el contenido de los dispositivos móviles de ciertos funcionarios y antiguos funcionarios. El país probablemente apele este fallo. El magistrado dice que no se discute que la república carece de” posesión “o” custodia “de las comunicaciones de las comunicaciones, pero afirma que” controla “en estas comunicaciones”, dijo el analista de los analistas internacionales.
La expropiación de YPF, implementada en 2012, es el origen del conflicto. El Burford Capital Fund compró los derechos de los litigios de los accionistas de la compañía petrolera y, por esa razón, requiere una compensación multimillonaria. En 2023, Preska condenó a Argentina a pagar alrededor de 16,000 millones de dólares, un fallo que Argentina apeló.
Juez Juez de juez
¿Qué había solicitado el gobierno a la jueza de Loretta Presska?
Desde la fiscalía del Tesoro de la Nación, detallaron las dos mociones que presentaron al magistrado estadounidense: “La primera moción de reconsideración ocurre con el requisito de la República Argentina de recopilar y producir comunicaciones y documentos almacenados en dispositivos, correos electrónicos y aplicaciones de mensajería personal de ciertos funcionarios actuales y anteriores”.
El argumento se basa en el hecho de que el Tribunal ignoró un tema esencial porque, según la ley estadounidense, solo la recopilación de documentos que están en “custodia o control” del requerido se puede ordenar, y Argentina no controla las cuentas y dispositivos personales de sus empleados.
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La carta también afirma que, según la ley argentina, estos elementos son propiedad inviolable de sus tenedores, y el gobierno argentino no puede acceder a ellos, por eso solicitó que la orden se reconsiderara.
Luego agregan que “la segunda moción solicita una reconsideración de las órdenes de descubrimiento sobre los activos de la República Argentina que no son susceptibles a la ejecución. Se solicita que la orden del juez sea reconsiderada por no tener en cuenta sin restricciones es contrario a ese criterio”.
Hm/ml