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Ruta de dinero K: La Corte Suprema ya estudia la sentencia a Lázaro Báez

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El caso plantea un debate sobre la retroactividad de las leyes, mientras que la defensa argumenta que se aplicó una regla que no estaba en vigor durante los hechos que se juzgan.

La Corte Suprema ya está analizando la causa conocida como “La ruta de Money K”, en la que el empresario Lázar Báez fue sentenciado a 10 años de prisión por lavado de dinero. El tribunal, que acaba de agregar dos conjuntos, debe decidir si confirmar las condenas o si revisa el caso, en medio de un debate sobre la posible aplicación retroactiva de una ley penal.

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Para resolver las diferencias en los criterios entre los tres jueces que conforman la corte, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, dos conjosiones, Ramón González y Mariano Lozano fueron nombrados, quienes ya han aceptado sus posiciones y comenzarán a analizar el archivo.

Recientemente, Rosenkrantz propuso enviar el caso al Fiscal General de la Nación, Eduardo Casal, para decidir si la ley penal más benigna se aplicó correctamente. Este enfoque surge porque la defensa de Báez argumenta que fue condenado bajo una ley que no estaba en vigor en el momento de los hechos.

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Por su parte, según los tribunales del tribunal, Rosatti y Lorenzetti se inclinarían a considerar que no es necesario llevar a cabo este análisis, rechazando así los recursos de apelación sin explicaciones importantes, invocando el artículo 280 del Código de Procedimiento Civil y Comercial. Sin embargo, el debate está abierto y debe esperar la opinión de los conjugados para ver cómo se compusirá el voto de la mayoría.

Los conjugados designados tienen experiencia en casos complejos. González, miembro de la Cámara Federal de Corrientes, ha intervenido en investigaciones como el presunto espionaje ilegal durante el gobierno de Mauricio Macri y es autor de un libro sobre derecho penal. Lozano, miembro de la Cámara Federal de Roca, ha participado en fallas relacionadas con las comunidades de Mapuche y los casos de corrupción en la AFIP.

El caso judicial

La causa, que involucra a Báez y otros condenados, se centra en el lavado de al menos 60 millones de dólares a través de uno financiero conocido como La Rosadita, ubicada en Puerto Madero. Según el archivo, el dinero se transfirió a cuentas en Suiza a través de empresas constituidas en Uruguay y España, y luego destinado a la compra de bonos argentinos, que luego se vendieron y el dinero reveló el país.

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Las investigaciones sugieren que estos fondos provienen de la evasión fiscal de las empresas constructoras y los supuestos actos de corrupción en licitaciones de obras públicas.

El caso también ha generado controversia debido a su posible conexión con la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner. Aunque la Cámara Federal insistió en procesarla como un presunto beneficiario del dinero de Báez, el fiscal Guillermo Marijuan, quien inicialmente la acusó, concluyó que no hay suficiente evidencia para sostener esa imputación.

Esta semana, la Cámara Federal aceptó una solicitud de la ONG “Bases republicanas” para analizar si un audio de Báez debía ser aceptado como prueba, en la que supuestamente asegura que el dinero que manejó no le pertenecía, sino que era alguien de “arriba”. La cámara II de la cámara ordenó al juez Sebastián Casanello que analice la orden nuevamente en una audiencia con las partes.

Argumentos de defensa

Los tres jueces de la corte junto con los dos conjuntos ahora deben evaluar las propuestas de la defensa. Este viernes, el abogado de Báez, Juan Villanueva, presentó ante el tribunal la opinión de la oficina del Fiscal General a favor del tribunal para abrir la apelación. También contribuyó con los videos del público y se ofreció a exponer oralmente ante los conjugados que deben internalizar el caso.

En la queja presentada el 5 de julio de 2023 ante el tribunal, la defensa cuestionó el fallo de la cámara de casación que rechazó una apelación contra la sentencia a Lázaro Báez. En esa presentación, argumentaron que se aplicó una condena por un delito que no existía en el momento de los hechos. Es decir, se aplicó la ley 26,683, que introdujo el delito de “autolavado”, retroactivamente, sin considerar que este comportamiento no era un delito cuando ocurrió.

Además, la defensa declaró que, durante la investigación, el estado interceptó ilegalmente las comunicaciones privadas entre Báez y su abogado mientras estaba detenido en Ezeiza, que violaba la confidencialidad en la relación abogada-cliente. Por otro lado, los defensores argumentaron que TOF 4 juzgó a Báez dos veces por el mismo comportamiento, evasión fiscal y lavado de dinero. Y también que los jueces de casación modificaron los hechos y la calificación legal del caso sin permitir que la defensa presente evidencia o defienda contra esa nueva acusación.

Tanto el Tribunal Oral como la Cámara de Casación rechazaron este argumento, considerando que los eventos del juicio ocurrieron bajo la validez de la ley actual. Ahora, la Corte Suprema debe decidir si revisar este punto o desestimar los recursos.

En cuanto a las condenas, además de los 10 años de impuestos a la prisión a Lázaro Báez, otros involucrados recibieron sanciones significativas. Entre ellos, su hijo Martín Báez fue sentenciado a seis años y seis meses de prisión, mientras que el abogado Jorge Chueco y el contador Daniel Pérez Gadín recibieron la misma penalización. Fabián Rossi, César Fernández, Federico Elaskar y Carlos Molinari, mientras tanto, recibieron sanciones que oscilaban entre tres y seis años de prisión.

La Corte Suprema ahora tiene la posibilidad de desestimar los recursos de apelación o elegir revisar los argumentos presentados por las defensas. La decisión final será clave no solo para los acusados, sino también para el panorama político y judicial.