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Reverso judicial para conductores de camiones: los trabajadores del mercado de Libre continuarán bajo el sindicato de carga y descarga

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En el marco de la disputa entre el gremio de que Hugo Moyano conduce con la Unión de la Unión de Cargo y Descarga de Trabajadores (UTCYDDDA) para la representación de los empleados de los Centros de Distribución de Libre Mercado, Justice no sabía, una vez más, la propuesta de los conductores de los camiones.

De esta manera, las apelaciones de la Cámara Nacional de Trabajo ratificaron la validez del Acuerdo de Trabajo Colectivo No. 1591/2019 E, firmado entre la compañía Meli Log SRL y la Unión de Trabajadores de Cargo y Descargar a los trabajadores, mientras que rechazó el desafío presentado por la Federación Nacional de Truckers y el sindicato de camioneros.

La decisión de la justicia favorece la posición del propietario del mercado libre, Marcos Galperín, quien prefirió negociar las condiciones de trabajo de los trabajadores de los centros de distribución de su compañía con el Utcydra – Diputado por Daniel Vila, y no con los impulsores de camiones, que se reflejó en el acuerdo colectivo aprobado en 2019 antes del Ministerio de Trabajo.

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El sindicato dirigido por Moyano afirma que la nulidad del acuerdo concluyó entre Utcydra y Meli log, bajo el argumento de que este gremio no tiene legitimación para representar a los trabajadores del sector, mientras que lo hacen. Sin embargo, los camioneros ya habían recibido un revés en primera instancia para esta misma controversia.

Los conductores de los camiones argumentan que Utcydra no solo carece de legitimación, sino que también el ministerio hace una interpretación errónea de la actividad y el encuadre sindical de los trabajadores de ese sector.

La decisión de la justicia

Según lo informado por el sitio especializado de comercio mundial, la sentencia judicial descartó que el Acuerdo de carga y descarga (CCT 1591/2019 e) estableció condiciones menos favorables para los trabajadores, ya que se habría demostrado a través de la experiencia contable de que los salarios son notablemente más altos que los correspondientes a los acuerdos firmados por la Unión y Federación de los Distribuidores de Trucos, con un salario básico inicial de $ 1,700,000.

Además, a pesar de la insistencia de los conductores de camiones, el tribunal consideró que las objeciones planteadas no son suficientes para anular la Ley Administrativa, dado que el proceso de aprobación siguió los procedimientos legales establecidos, sin haber observado vicios de ilegalidad o irregularidades sustanciales.

La Cámara también desestimó que el derecho a la defensa ha sido violado desde que indicaba que las partes involucradas tenían la oportunidad de presentar recursos y defender sus intereses en el procedimiento administrativo.

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Por lo tanto, Justice ratificó el fallo de primera instancia y desestimó los recursos presentados por los sindicatos. El Tribunal insistió en que el procedimiento judicial no era el canal apropiado para resolver disputas sobre la representatividad sindical, que debe canalizarse a través del mecanismo previsto en la ley 23,551.

En septiembre de 2024, un fallo anterior ya había otorgado una nueva victoria para cargar y descargar, al rechazar el desafío que los camioneros habían presentado contra un acuerdo colectivo firmado entre Mercado Libre y Utcydra. En primera instancia, la jueza María Alejandra D’Agnillo había desestimado que había un “pacto fraudulento” y que los empleados del libre mercado trabajan en “clandestinidad”. D’AGNILLO también había descartado que los camioneros tenían legitimación para el marco de los trabajadores y eso correspondía a ellos desafiar el acuerdo colectivo en cuestión.

LM/ML