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La Corte Suprema rechazó un reclamo colectivo de jubilación después de 16 años y le pidió al Congreso que designara al Defensor del Pueblo.

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Después de más de 16 años de proceso judicial, la Corte Suprema de Justicia de la Nación decidió rechazar un reclamo colectivo que buscaba aplicar el alcance de la decisión histórica de Badar a todos los jubilados y pensionistas. El archivo había sido iniciado en 2009 por el entonces defensor del pueblo, Eduardo Mondino, pero el tribunal consideró que las circunstancias cambiaron en este momento y que la posición clave ha estado vacante durante más de 15 años.

Los jueces Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz señalaron en su voto conjunto que el Amparo no era la ruta de procedimiento apropiada y que la oficina del defensor del pueblo carecía de legitimación para representar a los jubilados en las reclamaciones patrimoniales. A su vez, enfatizaron que durante el extenso proceso se sancionó la ley de reparación histórica, lo que ofreció a los beneficiarios un mecanismo alternativo para recomponar activos.

El juez Ricardo Lorenzetti, en sintonía, enfatizó que “la extensa demora en resolver esta causa se debió, fundamentalmente, a la acephalía prolongada en la posición del defensor del pueblo de la nación”. También insistió en que las regulaciones actuales permiten a los titulares de jubilados actuar individualmente para reclamar la movilidad de sus activos.

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Contexto de falla de badaro

El caso se remonta a la situación de Adolfo Badaro, un jubilado que reclamó la pérdida de poder adquisitivo de su crédito después de la crisis de 2001 y la falta de actualizaciones. En 2006, el tribunal declaró una parte inconstitucional de la ley de solidaridad de las pensiones y estableció un criterio de movilidad basado en el índice de salario indeco. El resultado resultó en miles de demandas similares en todo el país.

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Dentro de ese marco, Mondino presentó un amparo colectivo en nombre de todos los jubilados en condiciones similares, buscando que la oración llegó a todo el universo de pensiones. Sin embargo, la falta de regulación de los procesos colectivos y la vacante en el defensor del pueblo dejó la afirmación en una especie de limbo judicial durante más de una década y media.

Exhortaciones al Congreso

En su fallo, la Corte Suprema nuevamente instó al Congreso a cumplir con su deber constitucional y designar al Defensor del Pueblo, una vacante desde 2009. Además, reiteró la orden de sancionar una ley que regula los procesos colectivos, una demanda pendiente del caso Halabi en 2009.

“Es apropiado reiterar la exitación al Congreso de la Nación para cumplir con su deber constitucional y designar al Defensor del Pueblo”, dijeron los jueces Rosatti y Rosenkrantz.

Una vacante prolongada

La falta de un defensor del pueblo constituye una deuda institucional que tuvo directamente un impacto en este archivo. El fallo en sí enfatiza que, si la posición hubiera cubierto, el demandante podría haber ajustado su presentación a los criterios establecidos por el Tribunal en asuntos de procesos colectivos, que podrían haber cambiado el destino del caso.

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En resumen, la resolución del tribunal más alto deja en claro que, si bien la vacante persiste y no existe una legislación específica sobre las demandas colectivas, las afirmaciones de esta magnitud deben canalizarse individualmente, en un contexto en el que el gasto de pensión se consolida como el gasto principal del estado argentino.

DCQ / EM

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