Ahora los tres jueces deben decidir si rechazar la apelación del ex presidente para firmar la sentencia a seis años de prisión y la descalificación para ejercer un cargo público, o si verifican el caso.
La Corte Suprema decidió hoy rechazar el desafío que Cristina Kirchner presentó contra el juez Ricardo Lorenzetti. La decisión permite que el tribunal avance en el caso de “carretera”, que ya tiene una decisión de un tribunal oral confirmado por la Cámara de Casación Penal, que condena a la CFK a la pena de seis años de prisión y descalificación para ejercer un cargo público.
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La defensa del ex presidente había desafiado a Lorenzetti alegando que ella habría demostrado su posición en el caso, asegurando públicamente que la causa del camino se resolviera antes de las elecciones, entre otros eventos mencionados en el desafío. En respuesta, el juez pidió a sus colegas Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz que rechazen el desafío sin un análisis posterior, calificándolo como inadmisible y carece de apoyo normativo.
En el centro de este caso se encuentra la condena emitida en diciembre de 2022 por el Tribunal Oral Federal 2, que condenó a Fernández de Kirchner a seis años de prisión y una descalificación perpetua para ejercer un cargo público por la administración fraudulenta al detrimento del Estado.
Este fallo, relacionado con la adjudicación de obras públicas en la provincia de Santa Cruz, fue ratificada en 2024 por la Cámara Criminal de Casación. Sin embargo, el fiscal Mario Villar solicitó que se incorporara el crimen de la Asociación Ilícita, lo que podría elevar la sentencia a 12 años, un puesto que recibió el apoyo del Fiscal General, Eduardo Casal.
Los argumentos judiciales para rechazar el desafío fueron, entre otros, los siguientes:
– De acuerdo con la doctrina del tribunal, cuando los desafíos planteados por las partes son “manifiestamente inadmisibles” deben ser desestimados.
– La decisión también indica que las circunstancias que dieron lugar a los argumentos del desafío no fueron denunciadas de manera oportuna y que carecen de la base necesaria establecida, tanto por las normas legales como por los antecedentes de la Corte en estos casos.
– Muchos de los hechos denunciados son anteriores a la presentación de la apelación y se conocían públicamente entonces, por lo que deberían haber sido planteados, en cualquier caso, cuando el caso llegó al tribunal. Los hechos después de esa fecha solo se denunciaron en el informe de recusación, fechado el 5 de mayo, que excede el término legal desde que ocurrieron.
– Con respecto a los eventos que ocurren dentro del período legal, requieren que se fusionen en cualquiera de las causas planificadas, que, en los criterios de los jueces, no se ha producido, ya que la declaración se limitó a invocar de manera genérica que el juez Lorenzetti carecería de imparcialidad. Todo lo cual sirve para mantener el rechazo del desafío planteado por la defensa del ex presidente.









