Este domingo 29 de junio, las elecciones municipales y comunales se llevarán a cabo en toda la provincia de Santa Fe. Más de 2.8 millones de personas pueden votar, incluidos jóvenes de los 16 años y residentes extranjeros con residencia permanente. Sin embargo, no todas las personas están obligadas a asistir, ya que la ley contempla excepciones y sanciones específicas en caso de no cumplir con el deber cívico.
La votación es obligatoria para todos los ciudadanos argentinos entre 18 y 70 años, tanto en elecciones nacionales como provinciales. Aquellos que no votan y no justifican su ausencia dentro del período correspondiente pueden enfrentar consecuencias, incluida una multa económica y restricciones para llevar a cabo ciertos procedimientos ante las agencias estatales.
A diferencia de los mayores de 18 años, los jóvenes de 16 y 17 años, así como personas mayores de 70 años y residentes extranjeros, tienen derecho a votar voluntariamente. Esto significa que pueden hacerlo si lo desean, pero no están legalmente obligados o serán sancionados en caso de no participar.
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¿Qué sucede si no voy a votar en las elecciones en Santa Fe?
Según lo establecido por el Código Electoral Nacional, no votar sin una causa justa implica una infracción. Aquellos que no asisten para emitir su voto y no regularizan su situación antes de la justicia electoral pueden incluirse en el Registro de delincuentes.
Además de recibir una multa económica, los delincuentes podrían enfrentar dificultades al momento de llevar a cabo procedimientos públicos, como renovar el pasaporte, ser designados en un cargo público o hacer esfuerzos a las agencias estatales. La sanción no se aplica automáticamente: hay una fecha límite para justificar la ausencia.
¿Cuánto es la multa por no votar?
En caso de no poder justificar la ausencia de las encuestas en un período de sesenta días después de las elecciones, las sanciones económicas pueden variar de 50 pesos a 500 pesos para ciudadanos mayores de 18 años y menores de 70 años.
Las multas se aplican progresivamente dependiendo de la cantidad de infracciones anteriores sin regularizar, es decir, sin pagar o justificarlas, que la persona tiene.
Si el votante no tiene sanciones previas sin regularizar, solo debe pagar 50 pesos si tiene una infracción previa, el monto será de 100 pesos. Mientras tanto, si el votante tiene dos infracciones sin regularizar el valor alcanzará 200 pesos. Si tiene 3 infracciones anteriores sin pagar, la multa ascenderá a 400 pesos. Si el votante tiene 4 o más infracciones anteriores sin regularizar el monto a pagar, será 500 pesos.
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¿Cómo justificar la ausencia de elecciones en Santa Fe?
En caso de no poder votar, los votantes obligados deben justificar su ausencia ante la justicia electoral dentro del período planificado. Las formas de hacerlo son cara a cara o a través del sitio web oficial.
Razones por las cuales no votar:
Si el día de las elecciones está a más de 500 kilómetros del lugar de votación. Si la persona está enferma o no puede asistir al establecimiento de votación por razones de fuerza mayor suficientemente probada y justificada. Si el ciudadano es parte de una agencia o empresa pública y se le impide que vote por las razones relacionadas con el cumplimiento de las funciones.