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El gobierno decretó que la FIU ya no se queja de las causas de lavado

El decreto 274/2025 establece que esto “podría afectar su autonomía e independencia operativa” e insistir en el papel de la oficina del fiscal. El objetivo es “reducir la superposición de las funciones entre las entidades”.

El Gobierno de Javier Milei decretó que la Unidad de Información Financiera (FIU), que trabaja con autonomía y autarquía financiera en la jurisdicción del Ministerio de Justicia, ya no puede ser una queja en causas de lavado de dinero, financiamiento del terrorismo y financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva desde que esto podría afectar su autonomía y la independencia operativa “.

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Según el Decreto 274/2025, publicado el miércoles por la noche en la Gaceta Oficial, el cambio en la regulación de la FIE, hoy por el fiscal federal Paulo ‘Paul’ Starc, se basa en un informe del Grupo Internacional de Acción Financiera (GAFI) que indica que Argentina “es un caso aislado con respecto a la Facultura de la Facultad” en la Causa de la Faule de Capital y cree que están en intención a la Fiscalía.

“Con el fin de proporcionar el funcionamiento de la FIU con una mayor autonomía, eficiencia y eficiencia, para evitar una influencia o interferencia inadecuada ‘bajo los términos de las recomendaciones de la GAFI, y en virtud de las normas constitucionales y legales que regulan los diferentes roles y las acciones de la FIU y el Oficina del Público del FIS y el público, es apropiado realizar la decreta No. 2226/08, dice.

El decreto mencionado anteriormente No. 2226/08 que ha sido derogado es el que autoriza al jefe de la UFI “intervenir como demandante en los procesos en los que se investiga la comisión de los delitos” relacionados con la cubierta y el lavado de activos activos de origen penal. Según las regulaciones de Milei, “según el artículo 120 de la Constitución Nacional, la Oficina del Fiscal, como un organismo independiente, con autonomía funcional y Autarquía Financiera, es responsable de promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad y los intereses generales de la sociedad”, por lo que no debería ser la excepción en estos casos.

“Cuando la FIU ha agotado su análisis, en el marco de su competencia, y hay suficientes elementos de convicción para establecer la existencia de una operación o operación sospechosa de lavado de dinero, financiamiento terrorista o financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, esto se comunicará al fiscal del fiscal del fiscal para establecer si es apropiado ejercer la acción criminal”, dice el decreto 274.

Del mismo modo, proporciona la FIU de las competencias “para exigir, recibir e intercambiar información con otras entidades públicas que desarrollen actividades de inteligencia, información o prevención, y colaborar y/o requerir colaboración a los órganos de la Administración Pública Nacional, el poder judicial de la nación y la Oficina del Fiscal Público”. Las regulaciones, con la firma del presidente, Guillermo Francos y Mariano Cúeo Libarona, también modifica la ley de inteligencia y crea el comité de seguridad cibernética.

El gobierno basa su autoridad en este asunto al destacar que la ley base declaró la emergencia pública en administración, económica, financiera y energética. “La declaración de emergencia pública se basa en la gravedad institucional de la situación planteada e impone la obligación de adoptar acciones urgentes destinadas a responder a este problema, evitando que continúen usados ​​de manera ineficiente en detrimento de las arcas estatales y, especialmente, de los contribuyentes”, dice.

“Es necesario reducir la superposición de las funciones entre las entidades, para garantizar una mayor coordinación en las políticas de administración de recursos públicos y promover una administración más ágil y centralizada”, argumentaron funcionarios nacionales. Por lo tanto, “la reestructuración organizacional y las modificaciones de las competencias propiciadas por esta medida permitirán la máxima eficiencia y eficiencia en la gestión técnica de los medios de comunicación que el estado nacional debe garantizar la seguridad de los ciudadanos”.

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