Este lunes, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la venta de una serie de productos de diferentes marcas de aceite de oliva, miel y cuidado personal para considerarlos ilegales desde que, entre otras cosas, carecían de los registros obligatorios.
La agencia publicó a través de la Gaceta oficial las disposiciones 2835/2025 y 2837/2025 que determinó la eliminación del mercado de dos marcas de aceite de oliva, una de ellas preparadas en La Rioja, llamada “El Riojanito”, y otra en San Juan, nombrada como “AO”.
La investigación sobre las marcas de aceite de oliva surgió debido a quejas o consultas planteadas por individuos o autoridades provinciales, lo que dio paso a acciones coordinadas entre las organizaciones de salud locales y el Instituto Nacional de Alimentos (INAL).
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En ambos casos, se descubrió que los números de registro del establecimiento (RNE) y el producto alimenticio (RNPA) indicados en las etiquetas no existían en los sistemas oficiales, por lo que se activó el sistema federal de información para el control de alimentos (SIFEGA) y se notificó el sistema de vigilancia de alimentos.
Después de avanzar en la investigación, INAL recomendó la prohibición total de ambos productos y ANMAT ordenó la prohibición de la elaboración, la subdivisión y el marketing en todo el país, así como de las plataformas digitales, como consecuencia de la falta de registros obligatorios y exhibiendo números de salud falsos.
La agencia también prohibió la venta, la subdivisión y la elaboración en todo el país de Honey “la región”, a través de la disposición 2838/2025, después de detectar que el producto se vendió con falsos registros de salud y no es posible identificar claramente su origen o condiciones de elaboración.
La investigación que resultó en la prohibición del producto surgió de una queja en Río Negro, donde las autoridades verificaron que la etiqueta de miel exhibió un RNE y un RNPA que pertenece a otro productor de apicultura y que la dirección declarada como punto de elaboración corresponde a un domicilio no con habilitado en particular.
El producto se consideró ilegal y su comercialización se prohibió en todas sus presentaciones, lotes y fechas de vencimiento, tanto físicamente como a través de plataformas digitales.
Finalmente, a través de la provisión 2834/2025, una línea de productos cosméticos de la marca Mykonos se declaró ilegal, que incluye champú, acondicionador, suero, crema de peine, máscara capilar y protector térmico.
La decisión se tomó después de determinar que ninguno de los productos tenía los registros de salud correspondientes y no fue posible identificar el establecimiento responsable de su elaboración. Además, se indicó que se ofrecieron en plataformas digitales sin autorización.
Como./fl









