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Abogado laboral de Córdoba en la DNU de Milei: “Apareceremos como los infractores internacionales del derecho a atacar”

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El abogado laborista Jorge Sapia consideró que la DNU del Gobierno de Javier Milei “ha avanzado en una ley consagrada internacionalmente en el mundo como es el derecho a atacar con una clara intención de limitarla, pero evitarla”.

“Él está cometiendo un exceso legislativo, aunque no puedo calificar como legislativo porque no ha tenido la forma de ley, no ha sido tratado por el Parlamento, sino a través de un decreto, que agrava la situación y más cuando la DNU que ha emitido el problema aparece el problema del problema mezclado con las normas marítimas y la navegación del río. Luego, parece que ha querido que se presente al problema del problema del problema. A la Otración.

También señaló que el decreto “puede ser criticado en muchos lados”, aunque dijo que “lo más serio es que determina, crea o califica los servicios esenciales para una cantidad de actividades que no son esenciales”.

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Servicios esenciales

El abogado recordó que la Organización Internacional del Trabajo (OIT) define servicios esenciales como “aquellas actividades cuya suspensión es inaceptable porque ponen en riesgo la vida, la seguridad de las personas” y “nunca pueden detenerse”.

Por lo tanto, son servicios esenciales “servicios de salud, la provisión de agua potable, la provisión de electricidad, provisión de gas y controles aéreos”.

En estos casos, si llevan a cabo una huelga, los trabajadores deben garantizar “un servicio mínimo” que “normalmente se establece en aproximadamente el 30 por ciento” de la actividad.

“Además, existen servicios de trascendencia fundamental, de gran importancia, que pueden calificarse como esenciales según la circunstancia. Pero eso no está predeterminado por ninguna norma y está en la ley 25,877, que cambia esta decreta de Milei. Eso debe determinarse por una comisión de la Comisión de Laborismo Independiente, como el ILO postula”, dijo.

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Crítica

Para Sapia en el DNU “todo se ha incorporado y en ese incorporación se han cometido excesos”. “Lo que es más serio es que se han declarado esenciales con una limitación de la huelga al 75% de los trabajadores afectados con los que la huelga pierde todo el significado”, agregó.

Cuando el periodista Jorge Jorge “Petete” Martínez si había alguna historia de un gobierno democrático con una determinación de estas características, el abogado laboral respondió: “No es que recuerdo. No existe. Esta es la primera vez que una cosa de este tipo ocurre en un gobierno democrático”.

“Nos enfrentamos a una regla que descuida y deja de lado una regulación internacional que se aplica en todos los países. Apareceremos como violadores internacionales del derecho a atacar. Es un avance absolutamente negativo”, dijo.

Como sigue

“Tienes que ir a la justicia y esperar su pronunciamiento. Esta DNU del Presidente es inconstitucional porque el Artículo 14 de la Constitución Nacional dice que garantiza a los gremios el derecho de atacar, sin apegos de ningún tipo, sin limitación. Entonces se puede aceptar una limitación en base a la ley internacional para cubrir la vida, la salud y la seguridad de las personas. Pero no más allá de eso”.