Home Noticias Locales El juez de corrientes ordenó una compensación a los hermanos de un...

El juez de corrientes ordenó una compensación a los hermanos de un niño que murió en un accidente

48
0

El juez de Corrientes ordenó el lunes compensar a los hermanos de un menor que murió en un accidente, mientras esperaba al colectivo en la Ruta Provincial No. 5.

El incidente ocurrió cuando un control fuera de control atrapó a una familia, causando la muerte del niño menor de 11 años y heridas graves a su madre y su hermana.

Según el fallo, Justice reconoció el dolor de tres hermanos excluidos de la compensación y modificó parcialmente una oración por daños.

El juez de la Cámara, la Dra. Rosana Magan, ordenó la reparación ampliada con el pago de daños morales a los hermanos de un niño que murió en el accidente de la carretera y consideró que la mayoría de edad adquirida durante el proceso no implica la renuncia de los derechos de compensación.

Fue resuelto parcialmente a la apelación presentada por los actores, padres de un niño de 11 años que murió en un accidente de tráfico ocurrido en julio de 2006. Producto del impacto, el niño perdió su vida y su madre y una de sus hermanas sufrieron lesiones de gravedad.

La sentencia fue emitida por la Cámara II de la Cámara de Corrientes de Apelaciones Civiles y Comerciales, compuesta por los Jueces a los Doctores Rosana E. Magan, que emitió el primer voto, y Luz Gabriela Masferrer, que se adhirió a las fundaciones y la resolución.

El hecho

Una familia esperó el colectivo en la Ruta Provincial No. 5, en las cercanías de la Rotonda de la Virgen de Itatí. Un camión Toyota Hilux se desvió de su carril y los golpeó.

El hecho causó la muerte de un niño de 11 años, y heridas graves en su madre y una de sus hermanas. La demanda fue iniciada por los padres en su propia representación y sus hijos menores, y resultó en una condena civil por daños emergentes y daños morales.

La cámara finalmente amplió la compensación por el daño moral a los hermanos del menor fallecido, que había sido excluida en primera instancia.

Jardines

La jueza de cámara, la Dra. Rosana Magan, dijo que la falta de apariencia personal de los hermanos de la víctima, que habían estado legalmente representados por sus padres al momento del comienzo del proceso, no puede interpretarse como una renuncia tácita a sus derechos. En ese sentido, dijo:

“Ninguna reducción de sus fondales y sus derechos de compensación puede conducir a la circunstancia de que una vez que han adquirido la mayoría de edad, no han aparecido por sí mismos en el proceso (…) ya que esa consecuencia no se planifica normativamente”.

Con base en estos argumentos, hizo la compensación por el daño moral también a favor de los hermanos del menor fallecido, teniendo en cuenta que había un vínculo familiar estrecho con la víctima y que fueron legitimados de acuerdo con las regulaciones nacionales y los tratados internacionales de derechos humanos.