Comenzando en el lado de la geografía, dentro del Parque Nacional de Ushuaia se encuentra la última postal argentina y, en consecuencia, del mundo. En la Bahía de Lapataia termina el RN 3, ubicado en Ushuaia, que se considera la ciudad del fin del mundo y el último lugar en la Tierra antes de la Antártida, que constituye el depósito de agua dulce más grande del mundo.
Por estas razones, sin duda es un lugar que está siendo observado por todos los países, independientemente de la ubicación geográfica que tengan. Menos en Argentina, donde solo la inmediatez del corto plazo parece importarse.
De vez en cuando, cuando el país mira su economía y cuenta sus monedas, aparece la idea de eliminar el régimen de promoción industrial que gobierna en esa área. Es suficiente visitar a Tierra del Fuego para conocer a un crisol de inmigrantes de muchas de las provincias argentinas que se establecieron para trabajar en condiciones extremas de clima y escasez de recursos, distanciados muchos kilómetros de los centros urbanos comerciales del país.
Estos no les gustan los autoritarios
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Desempleo total en Tierra del Fuego en rechazo de los aranceles en tecnología importada
Para favorecer el establecimiento de la población, desde el lado de la economía, en Tierra del Fuego, gobierna, desde 1972, la ley 19,640 que establece ventajas fiscales a la actividad que tiene lugar en ese lugar. Constituyen beneficios que siempre se cuestionan, se propone eliminar las ventajas con el argumento de que los costos producidos al mantener incentivos deben ser “apoyados” por todos los habitantes del país.
Mirando solo a corto plazo, el análisis descuida la importancia de la ubicación geográfica privilegiada que tiene el país, lo que aumenta por las disputas de superficie y recursos que se viven actualmente en el mundo.
La debilidad permanente de la economía argentina y los cambios que ocurren en los mapas del mundo, no colaboran para poder tomar claramente una definición de la dicotomía de hacer que prevalezca la geografía del país.
La inacción de los diferentes gobiernos que siguieron, no ayudó a reinventar las actividades económicas que podrían desarrollarse en el lugar, para unirse al proceso industrial y la actividad turística que se proporciona actualmente. Eliminar los beneficios de una pluma, ya sea derogando estándares o mediante importaciones para reducir los aranceles de importación, puede hacer que las actividades no sean inviables, lo que inexorablemente causa un éxodo de población a corto y mediano plazo.
Tierra del Fuego e Historia
En los años setenta, algunos de los argumentos descritos en el recital de la ley estaban vinculados al hecho de que era necesario crear un régimen especial de aduanas y fiscal que reemplace un régimen de “área libre” que anteriormente estaba en vigencia. La necesidad de contemplar la peculiar situación geográfica extremadamente sureña de los territorios involucrados y sus consecuencias directas sobre el aislamiento relativo, las condiciones de vida y el grado de actividad económica y su desarrollo se establecieron.
Con esa ley, se creía que otorgaba una exención generalizada con respecto a la imposición interna, pero no establecida como un simple “área libre” porque al otorgar la liberación de aduanas igualmente a las materias primas, los productos semiaborados y finales, desanimaron notablemente la posibilidad de estimular, en general, la producción en el territorio en las áreas con ciertas aptituras de enfrentamiento, al facilitar sin discriminación la importación de la importación de la importación de los productos finales. Todo esto no favorecería el aumento de la población estable en el lugar.
Un tercio de la fuerza laboral de Tierra del Fuego puede quedarse sin trabajo
Con el proyecto, a diferencia del sistema anterior, se trata de organizar un sistema abierto para la oferta en todos los artículos, para facilitar la competencia y defender la demanda local y su poder adquisitivo, expandido por deducciones de impuestos.
Para estos argumentos históricos, en gran medida parece estar completamente en vigor, se agrega el valor estratégico de ser un paso desde el territorio antártico, lo que seguramente será de importancia geopolítica vital en el futuro.
Beneficios fiscales
Por ley, las personas humanas y legales del pago de cualquier impuesto nacional sobre los hechos, actividades y operaciones llevadas a cabo por la Tierra del Fuego están exentos. Cubre todos los activos que se basan en la jurisdicción e importados por la provincia. Entre los impuestos exentos están:
El impuesto sobre los ingresos; Actualmente, el impuesto a las ganancias. El impuesto sobre las ventas; Actualmente, el impuesto al valor agregado. El eventual impuesto de ganancias; El impuesto de transmisión gratuito; El impuesto sobre el impuesto sobre la transmisión gratuita de bienes; Impuestos internos; El impuesto nacional de emergencia a la tierra adecuada para la explotación agrícola; El impuesto sobre las ventas, las compras, el cambio o el intercambio de monedas; El impuesto sobre la venta, el cambio o el intercambio de valores transferibles; e impuestos nacionales que podrían crearse en el futuro.
Los impuestos nacionales que tienen una asignación especial están excluidos de la exención, en la medida en que excede la mitad del impuesto.
Entrada y salida de bienes
La ley establece un área franca para el territorio nacional de la Tierra del Fuego, la Antártida y las Islas Atlánticas del Sur, una excepción hecha del territorio nacional correspondiente a la Isla Grande de la Tierra del Fuego.
Las importaciones al área libre de su exterior, incluido el resto del territorio nacional, están exentas de depósitos anteriores o cualquier otro requisito de cambio, y no estarán sujetos a derechos, impuestos con o sin afectación especial, contribuciones especiales o tasas de importación. El impuesto de importación de importación también está incluido. Tampoco las restricciones de todo tipo, en vigor o las que pueden establecerse, a la importación de estas importaciones.
Habría un quinto conflicto oceánico: el sur
Las exportaciones del área libre, destinadas a su exterior, incluidas en esto el resto del territorio nacional, están exentas de ningún requisito de cambio y no estarán sujetos a derechos, impuestos con o sin afectación especial, contribuciones especiales o tarifas de exportación. La exención incluye el impuesto sobre el flete marítimo de exportación.
Lógicamente, la remuneración de todo tipo no se rige para estas operaciones, en vigor o establecerse en el futuro, a la exportación. Estas exportaciones no tienen los beneficios establecidos en los regímenes de reembolsos o reembolsos de exportación aplicables a los llevados a cabo del resto del Territorio Nacional.
Hay otras medidas establecidas en la ley que constituyen un tratamiento fiscal especial y que intentan eliminar las restricciones de intercambio.
Problemas microeconómicos actuales
Las ventas realizadas desde el territorio continental destinado al área de aduanas especial, hasta fines fiscales se consideran operaciones de exportación, por lo tanto, no incluyen el impuesto al valor agregado. En este sentido, si la operación se lleva a cabo con la Guía de eliminación colectiva, si en ese caso la compañía de transporte de carga actúa como exportador, ese cupón debe contener entre otros datos, el nombre del remitente y el destinatario, la identificación precisa de la calidad y cantidad de mercancías y/o documentación comercial que cubre la operación (el invocador o el documento equivalente) y un instrumento de comercio especial.
Si la entrada no se realiza con la guía eliminada, la exportación para el vendedor no se configura mediante la emisión de una factura o la clase de cupones “B” (si se extiende en IVA y el comprador exento en ese impuesto). Si un contribuyente que tiene domicilio en Tierra del Fuego adquiere un bien en otra provincia, ya que no hay una guía eliminada, obliga al emisor del cupón a emitir una factura con el IVA.
¿Cuál es el valor de la tierra del fuego?
Según las normas reguladoras de la AFIP, relacionadas con la facturación, las facturas “A” no se pueden hacer sin incluir el IVA, y deben ser facturadas por Tierra del Fuego con la factura “E”. Este tipo de cupón genera la obligación con el emisor que tiene que pagar el impuesto bruto de la renta, correspondiente a la jurisdicción del destino de los bienes, en este caso Tierra del FUEGO.
Las operaciones llevadas a cabo desde el área de aduanas especial, Tierra del Fuego, al área de Aduanas Generales, las zonas libres y el tercer países están exentos de los derechos de exportación, deben facturar la operación con un punto de venta, cuyo domicilio corresponde al área de aduanas especial: Tierra del FUEGO-.
Las operaciones de exportación llevadas a cabo desde el área de Aduanas Generales al Área de Aduanas Especiales, Tierra del Fuego, están exentas de los derechos de exportación.
En el impuesto sobre la renta, están exentos de la retención de los salarios de los trabajadores que desarrollan sus tareas laborales en Tierra del Fuego.
Con respecto al cálculo como un crédito fiscal del impuesto al valor agregado de un porcentaje de las contribuciones de la Seguridad Social del empleador pagadas, para los trabajadores que realizan sus tareas en Río Grande y Ushuaia gobierna 6.50%; mientras que para el resto del terreno del fuego es 7.30%.
A través de la opinión del 74/06 de la AFIP, se determinó que si un contribuyente asume frente a su cliente, la responsabilidad de la transferencia de la mercancía desde el extranjero al país, más allá de llevar a cabo o no efectivamente la relación de mercancías, y dicha circunstancia surge de la documentación intervenida por la autoridad de control de la frontera; El transporte multimodal en cuestión debe facturarse sin la aplicación del IVA. Por otro lado, si se limita a contratar los medios para la transferencia de la carga a la comisión del cliente ubicado en Tierra del Fuego, desarrollando dicha administración en el Territorio Nacional, su actividad se alcanzará por IVA.
Ahora, nuevamente, la economía y la geografía se colocan en la tabla de discusión. Queda por ver lo que termina prevaleciendo y las consecuencias que ocurrirán para el futuro.









