Un Tribunal Superior de Abuja sentenció el martes a un hombre de 27 años, Abdulhamid Ahmed, a cadena perpetua por contaminar a una niña de 15 años.
La policía procesó a Ahmed el 21 de julio de 2023 por violación.
Dando un juicio, el juez Slyvanius Oriji sostuvo que en el instante, el deber del tribunal era interpretar y aplicar las disposiciones de la Sección 31 de la Ley bajo la cual el acusado fue acusado.
“En virtud de las disposiciones de la Sección 31 (1) de la Ley, los elementos del delito que se requiere que la fiscalía demuestre más allá de una duda razonable es que el acusado tuvo relaciones sexuales con la víctima y que ella era una niña a partir de la fecha del presunto delito.
“La evidencia en la corte muestra que el acusado tuvo relaciones sexuales con el menor cuatro veces entre 2022 y 2023”, dijo.
El juez señaló que lo anterior estaba contenido en la declaración del acusado hecha a la policía el 18 de abril de 2023.
La evidencia del padre del menor (PW3) ante el tribunal declaró que el niño nació el 15 de noviembre de 2007; Tenía menos de 18 años, como en la sección 277 de la Ley.
“De lo anterior, el tribunal sostiene que la fiscalía demostró los elementos del delito acusados más allá de la duda razonable”, sostuvo.
Oriji señaló que el acusado le dijo al tribunal en su evidencia que la madre del menor estaba al tanto de la relación porque fue a través de su teléfono que habló con el menor.
Agregó aún más que, tratando de defender el delito, el abogado del acusado solicitó la doctrina de la equidad.
“El tribunal sostiene que no se puede aplicar aquí para derrotar la intención de la legislatura en las palabras claras de la Ley de Derechos del Niño.
“El abogado también instó al tribunal a aplicar la Sección 1 de la Ley e ingresar un veredicto de no culpable a favor del acusado.
“El tribunal sostiene la opinión considerada de que la Sección 1 de la Ley no puede ser una base para llegar a una decisión de que el acusado no es culpable del delito que ha sido probado por la fiscalía más allá de una duda razonable”, dijo.
Sostuvo que vale la pena señalar que la Sección 31 de la Ley no estableció provisiones para ningún factor exculpatorio en las circunstancias.
Agregó que el tribunal no puede agregar a la Ley lo que la legislatura no promulgó.
“La decisión del Tribunal es que Abdulhameed Ahmed es culpable del delito de violación bajo la Sección 31 (1) de la Ley de Derechos del Niño”, sostuvo.
La policía dijo que Ahmed, que vive en Sabon Lugbe, Abuja, en enero de 2023, atrajo a un menor, 15 (nombre retenido), de Angwan Fulani, Aso Lugbe, a su casa con una promesa de dar un teléfono móvil y tener relaciones sexuales con ella contra su voluntad.
La policía dijo que el delito es contrario a las disposiciones en la Sección 31 (1) de la Ley de Derechos del Niño, apropiadamente 50 leyes de la Federación de Nigeria, 2004, punible bajo la misma sección.