El juez sustituto del Tribunal Civil y Comercial, la infancia y los adolescentes de Monte Caseros, la Dra. Amelia Itatí Olivieri, emitió una resolución que validó parcialmente una medida de protección excepcional a favor de dos hijos de 11 y 6 años de edad.
Fallas clave en Corrientes: Justicia rechazó la suspensión del juicio al juicio en un caso de abuso sexual infantil
La decisión busca salvaguardar el derecho fundamental de los menores a vivir en un entorno familiar estable y seguro, después de detectar una situación de “abandono, riesgo y vulnerabilidad” debido al “consumo de sustancias tóxicas” por parte de sus padres.
El papel clave del dipna y la decisión judicial
La intervención de la Dirección de Protección de Niños y Adolescentes (DIPNA) de Monte Caseros fue fundamental para proteger a los menores. La agencia actuó de manera preventiva al detectar la situación grave y solicitó una medida de protección que el juez Olivieri validó al considerarlo “ideal, razonable y proporcional”.
Aunque el DIPNA había solicitado un período de 180 días para la medida, el magistrado lo redujo a 90 días, de acuerdo con el Decreto Regulatorio No. 415/06. El juez consideró que este límite de tiempo es crucial para garantizar la transiencia de la medida y garantizar una resolución rápida de la situación familiar de los niños.
El mejor interés del niño y el valor del vínculo afectivo
En su resolución, el juez destacó la importancia del “mayor interés del niño” como el principio rector de su decisión. Para hacer esto, valoró el vínculo afectivo entre los menores y su tía abuela Paterna, con quien se organizó el alojamiento de los niños.
Ratifican el procesamiento de un exagerado acusado de torturar a un periodista de Chaco en la dictadura
En una audiencia de escucha, los mismos niños expresaron su deseo de mantenerlo, lo cual fue un factor clave en la decisión judicial. La abuela de la tía fue designada formalmente como “familia de acogida”.
Como parte de la resolución, la jueza Amelia Itatí Olivieri ordenó las siguientes acciones:
Validar parcialmente la medida de protección excepcional.
Ordene el alojamiento de niños con su tía abuela, designada como un hogar de acogida.
Establecer 90 días para la medida.
Tenga una audiencia escuchada con niños y una audiencia para los padres, con el objetivo de considerar los informes presentados.









