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“Está mal probar a Kanu con cargos derogados”, dice IPOB

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El pueblo indígena de Biafra (IPOB) ha pedido al Tribunal Superior Federal que se sienta en Abuja que atacen los cargos relacionados con el terrorismo contra su líder detenido, Mazi Nnamdi Kanu, argumentando que los cargos están basados en una ley derogada y equivalen a una violación de las protecciones constitucionales contra la doble bopardia.

En una declaración emitida el martes, la secretaria de medios y publicidad de IPOB, Emma PowerLo, afirmó que el juicio continuo de Kanu no solo es ilegal bajo la ley nigeriana, sino que también es sin precedentes en cualquier jurisdicción de derecho consuetudinario.

“Ningún tribunal en el mundo del derecho consuetudinario puede probar un caso que se basa en los cargos derogados o viola el principio de doble peligro”, dijo Emma Power poderoso.

Según IPOB, los cargos de terrorismo que actualmente se juzgaron antes del juez Omotosho fueron inicialmente llevados bajo la Ley de Enmienda de Terrorismo (Prevención) de 2013, que desde entonces ha sido derogada en su totalidad por la Ley de Terrorismo (Prevención y Prohibición), 2022, que entró en vigencia el 12 de mayo de 2022.

Citando la Sección 97 de la Ley 2022, IPOB insistió en que no hay una cláusula de ahorro que permita que continúe los casos pendientes bajo la Ley Derogada 2013.

“Los cargos ‘remitidos’ para el juicio fueron presentados bajo la Ley de Enmienda de Prevención del Terrorismo de 2013, derogados en su totalidad el 12 de mayo de 2022.

“La Ley de Interpretación de 2004, la Sección 6 (3) establece claramente que una derogación mata los procedimientos pendientes a menos que haya una cláusula de ahorro, y en este caso, ninguno se aplica”, señaló el comunicado.

IPOB también hizo referencia a varias autoridades legales, incluido el caso de la Corte Suprema de la Federación AG v. AG Abia State (2002) 6 NWLR (Pt. 764) 542, donde se sostuvo que los tribunales no pueden hacer cumplir o dar vida a los estatutos derogados.

El grupo señaló la sentencia del Tribunal de Apelaciones del 13 de octubre de 2022, que descargó y absolvió a Kanu, afirmando que los cargos en su contra eran nulos debido a su extraordinaria interpretación y falta de jurisdicción.
“El 13 de octubre de 2022, el Tribunal de Apelaciones descargó y absolvió a Mazi Kanu, un veredicto de que bajo la sección 249 (1) de la Ley de Administración de Justicia Penal (ACJA) 2015 opera como una absolución completa”, declaró IPOB.

Invocaron además la Sección 36 (9) de la Constitución de 1999, que prohíbe el nuevo juicio de una persona por un delito por el cual ya han sido absueltos.

“FRN v. Saraki (2018) 16 NWLR (Pt. 1646) 433 afirma que una descarga jurisdiccional es equivalente a una absolución final”, se lee en el comunicado.

IPOB criticó el fallo de diciembre de 2023 de la Corte Suprema, que revirtió el veredicto del Tribunal de Apelaciones y ordenó que el juicio de Kanu reanudara. El grupo calificó la decisión como un aborto espontáneo de la justicia.

“La reversión de la Corte Suprema sin curar el defecto jurisdiccional es nada menos que un incendio constitucional”, declaró Emma Power poderoso.

El grupo reiteró su demanda de que el juez Omotosho descarte inmediatamente lo que llamó cargos “falsos” y “motivados políticamente”, argumentando que el juicio no tiene base legal.

“Hacemos un llamado al juez Omotosho que defienda la ley y expulse toda la hoja de cargos. No existe una ley válida que respalde este enjuiciamiento”, insistió IPOB.

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