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Los juristas sobresalientes analizaron aspectos relevantes sobre los mejores intereses del niño en los campos judiciales

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La forma de escritura simple y contemplan la perspectiva de la minoría en el dictado de oraciones fueron expuestas por los Dres. Llugdar y Abregú.

Un tema de interés legal y social único es el de la infancia y los adolescentes, por lo que el centro único para el poder judicial, la Asociación de Magistrados y Funcionarios de Santiago del Estero y la Asociación Argentina de Magistrados, Funcionarios y Profesionales de la Justicia de Niños, Adolescentes y Familia (Ajunaf), organizó un día de entrenamiento.

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Traído por la denominación “los mejores intereses de los niños y adolescentes (NNYA) en los campos judiciales” y tuvo lugar en la sala multipropósito del palacio de los tribunales.

En ese contexto, los Dres que hablan. Eduardo Llugdar, primer vicepresidente del Tribunal Superior de Justicia y Romulo Abregú, asesor de menores del Departamento Judicial de Trenque Lauquen (provincia de Buenos Aires) y especialista en asuntos minoritarios, que fueron acompañados en el escenario por el Dr. Darío Alarcón, Presidente de la Asociación de Juez y Funcionarios Judiciales de Santio Delero Delero.

La actividad asistió el jefe del Ministerio de Defensa del Público, Dr. Enrique Bilaud; Magistrados, funcionarios, empleados judiciales y abogados que trabajan en el foro local.

En primer lugar, el Dr. Llugdar presentó “Perspectivas del infante-Youth en oraciones que involucran a NNYA”, una oportunidad en la que dijo que “quería acompañar a nuestro visitante, quien me une a una amistad durante mucho tiempo. Siempre nos vincula las preocupaciones de que nos hemos relacionado con la infancia y la adolescencia, fundamentalmente, por lo que no cometimos el error que siempre estamos expuestos, no por la mala fe, sino que estamos en la infancia.

En otra sección de su presentación, indicó que “los jueces deben tener los medios apropiados y la sanción de SIM?”

Inmediatamente, el profesor dijo que “todos piensan, excepto que los niños y los niños no se escuchan. Tampoco los niños son clones y cuando digo no son clones, es porque tienen autonomía, que Kant y San Thomas de Aquino definieron, de su dignidad humana”.

2 Continúan, continuó que si no asistimos a ese contexto de la infancia en el que hay factores de vida psicológicos, sociológicos e históricos, con la solución que solo damos aplicando la letra fría de la ley, no vamos a abordar ese concepto abstracto sin definición, pero que la definición ocurre en cada caso es ese interés superior del niño, que no solo es un concepto abstracto de la definición, que la definición ocurre en cada caso es ese interés superior del niño, que no es solo que hay tantos intereses abstractos del niño como muchos intereses en el plan en el plan en el plan en el plan. concluido.

Redacción clara de juicios

Mientras tanto, Romulo Abregú, quien es secretario general de Ajunaf, abordó el problema “oraciones con un lenguaje simple dirigido a menores”. En el marco de su exposición, indicó que “estoy emocionado de estar en la tierra de mis antepasados ​​y quería compartir estos intercambios que tenemos contigo, sobre los cambios de formas de hacer”.

En esa línea de pensamiento, el especialista dijo que “los niños cambiaron, los tiempos cambiaban y nosotros también. Recuerdo que cuando entregué un diploma, les dije a los estudiantes: Ahora me voy a casa con su diploma y me pregunto si está convencido de que los niños son seres humanos y tienen derechos”.

Argumentó que este razonamiento se debe al hecho de que “durante más de veinte años de director de diploma, he entregado muchos diplomas y creo que a medida que los niños están en la sociedad y se basan en estadísticas, creo que hemos hecho mucho pero no llegamos. Porque estamos detrás de los problemas de los niños y en el judicial donde trabajo mucho más”.

En el tramo final de su exposición, analizó dos casos del Tribunal Interamericano de Derechos Humanos. En ese sentido, destacó las fallas de que “los estados los partidos deben emitir medidas de protección especiales cuando las personas menores y las personas con discapacidades están involucradas. Estos fundamentos de protección especial pueden ser realizadas por la sociedad, el mundo adulto, por ejemplo, un alcalde, un organismo administrativo, debe emitir medidas de protección especiales”.

Al final de las conferencias, el Dr. Eduardo Llugdar entregó especímenes del Dr. Abregú de un libro de su autoría, refiriéndose al tema de la infancia y la adolescencia.

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